Orden judicial impide que los operadores para bloquear el acceso a los planes ilimitados. Beneficios STJ Hi en planes de prepago

Medidas cautelares de la corte del estado de Ceará (TJCE) prohibieron a los operadores de telefonía móvil Oi, Claro, TIM y Vivo para cortar internet acceder a planes ilimitados, incluso cuando se llega a la franquicia contratada. El fallo, emitido el pasado miércoles (24), va para los consumidores en la Capital que contrataron el servicio de internet móvil ilimitado. La decisión, dictada por la juez Marcia Olabisi sobre acción civil pública interpuesta por Fortaleza Procon, estableció multa diaria de $ 20 1000 R para cada uno de los transportistas en caso de incumplimiento.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia (STJ) decidió que todas las acciones que implican líneas de franquicia prepagada internet de Hi se suspenden en el país-hasta que se encuentra una sola mente para tomar decisión en todos los casos. Hasta que la justicia de Ceará es comunicada oficialmente, la medida cautelar también va para estos clientes.

Según el Director General de la Fortaleza de Procon, Claudia Santos, la acción civil pública estuvo motivada por el incumplimiento, por parte de los operadores, del código de defensa del consumidor (CDC). “En los anuncios, las empresas ofrecen planes ilimitados, pero cuando el usuario supera el límite de la franquicia ha vuelto bloqueado el servicio de internet, que configura la modificación unilateral del contrato,” ella dice. “Claramente hay violación de la CDC.

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También pretende utilizar el HI hay ninguna declaración oficial. “Lo que sucede en el caso de hi es que varias cortes han presentado solicitudes de medidas cautelares. El operador entonces señaló un conflicto de jurisdicción entre los tribunales. Y la Corte Suprema decidió que un solo tomará decisión en todos los casos “.

Hasta el año pasado, cuando se supera el límite, el contratista redujo la velocidad de internet-fue prohibido por la Agencia Nacional de telecomunicaciones (Anatel). Desde entonces, después de alcanzar el límite, es corte de acceso, ser restaurado sólo con la contratación de paquetes adicionales.

El abogado Fernando Ferrer, especialista en derecho del consumidor, dirige al consumidor a sentirse agraviado por el bloqueo de la señal de internet para entrar en un pleito en corte con reclamo. Para esto, dice, es necesario demostrar que el bloqueo que causó el perjuicio, como, por ejemplo, cualquier actividad que el usuario ya no es realiza debido a la falta de acceso. “Tenemos que demostrar que existió el daño. La modificación del contrato unilateralmente es inaceptable”.

Ferrer sostiene que la jurisprudencia establecida en el país, sobre las reclamaciones, todavía está a la altura del ideal. “Desafortunadamente, en Brasil, reparaciones, en condenas por mal servicio, son patéticamente sigue siendo bajas, ante el poder económico de las empresas”, dice “la condenación sirve para reparar la lesión, pero sobre todo ella y pedagógica, para que no ocurra con otros consumidores”. Además, el abogado dice que muchas veces el prejuicio es tan pequeño que, frente a posibles indemnizaciones, se siente desalentado.

 

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